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Abuela puede perder su pierna si Cafesalud no la remite a una clínica de tercer nivel

El hijo de la mujer interpuso una tutela y el juzgado falló a favor de la paciente.

Desde el viernes se encuentra en el hospital Emiro Quintero Cañizares de Ocaña Seny Esther Rochels Sánchez, de 66 años, debido a una úlcera varicosa en una de sus piernas, que se agravó luego de que una tabla la golpeara y le rompiera la vena.

De acuerdo con Dabie Janer Prado Sánchez, hijo de la mujer, el centro asistencial advirtió, mediante un formato de referencia, la necesidad de remitir a la abuela a un hospital de tercer nivel para que le sea practicado un procedimiento especializado, pues “puede perder” su extremidad.

Por eso, Prado solicitó con la respectiva documentación a Cafesalud, Empresa Prestadora de Salud (EPS) a la cual está adscrita su madre, la orden de traslado, pero no recibió respuesta. “Me dijeron en Cafesalud que eso depende del hospital y en el hospital me informan que la remisión depende de la EPS”.

El denunciante manifestó que por sus propios medios averiguó en Cúcuta cuál Institución Prestadora de Salud (IPS), de tercer nivel, puede atender a su madre y lamentablemente no recibió buenas noticias, pues, por las deudas de Cafesalud con los centros médicos, estos no están atendiendo pacientes de esa EPS.

“Mientras tanto mi mamá sigue en el hospital, la tienen estabilizada, le hacen las curaciones, pero el médico ha recalcado que debe ser remitida lo más pronto. Mi mamá necesita que le hagan un arteriograma para detectar dónde está la arteria tapada o la vena rota y practicarle un procedimiento con un catéter o una válvula”.

Medida provisional

Por el riesgo en el que está la paciente, Dabie Janer Prado interpuso el lunes una tutela ante el Juzgado Primero Civil Municipal de Ocaña y la instancia emitió al día siguiente, el 30 de agosto, un fallo a favor de Rochels.

La medida para Cafesalud dice: “dentro del término de seis horas proceda realizar el traslado…a una clínica y/o hospital de tercer nivel de Cúcuta (Medical Duarte, Clínica Norte, Clínica San José) o Bucaramanga. Asimismo, suministre el transporte y alojamiento para la señora Seny Esther Rochels Sánchez y un acompañante para llevar a feliz término el tratamiento de insuficiencia venosa (erisipela). La parte accionada se hace responsable de las consecuencias derivadas de la omisión de la presente orden y la no atención oportuna”.

Prado subrayó que su madre es parte de los usuarios que migraron a Cafesalud con la liquidación de Saludcoop. Destacó que llevó el fallo a la EPS, pero no se lo recibieron.

Laopinion.com.co

Jueves, 1 de Septiembre de 2016
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