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Monotributo, opción para pequeños comerciantes

No tendrán que contratar un contador porque para cumplir con sus obligaciones no es necesario hacer operaciones complejas.

El Gobierno acaba de reglamentar el monotributo, figura de la reciente reforma tributaria que tiene sus defensores y detractores, y por ello quiero hacer algunos comentarios sobre el tema, indicando primero que es una posibilidad que se abre para pequeños comerciantes.

Hoy en día, los pequeños comerciantes pueden cumplir con sus obligaciones tributarias y vincularse a un esquema de ahorro y cobertura en materia de riesgos laborales, por medio del llamado monotributo.

Quienes tengan ingresos brutos anuales de hasta 111 millones 500.000 pesos y desarrollen su actividad en un establecimiento con un área de menos de cincuenta metros cuadrados, pueden optar por cumplir sus obligaciones, en materia de impuesto sobre la renta, IVA, y vinculación a seguridad social, pagando un valor marginal previamente establecido. Esto es, dependiendo del rango de sus ingresos, pagarán un valor que es definido en la ley.

No tendrán que contratar un contador porque para cumplir con sus obligaciones no es necesario hacer operaciones complejas. Solamente deberán verificar el rango de ingresos anual en el que se encuentra el comerciante, y pagar la cifra que corresponde a dicho valor. La operación no puede ser más sencilla. 

Un comerciante que tenga de ingresos anuales de 100 millones de pesos, pagaría anualmente por concepto de monotributo 1 millón 20.000 pesos. Esto es, cerca del 1 por ciento de sus ingresos, o sencillamente 85.000 pesos mensuales. 

El objetivo, y en este sentido estamos de acuerdo con el Gobierno, es simplificar lo que más sea posible el cumplimiento para pequeños comerciantes. Al hacer esto, también se favorece la formalidad y vinculación al régimen de seguridad de personas que normalmente no estaban cubiertas. Este es un mecanismo que debió haber sido implementado hace mucho tiempo.

Por otro lado, si el comerciante se registra como contribuyente del monotributo, podrá acceder al esquema de aseguramiento para riesgos de incapacidad, invalidez y muerte que prevé el sistema. Adicionalmente, podrá afiliarse a las cajas de compensación familiar, lo que implica, a su vez, el acceso a créditos, a tarifas más competitivas que las de los bancos, a servicios de recreación y deporte, y a los subsidios para adquisición de vivienda que ofrecen este tipo de entidades.

Otra de las ventajas que tendría el pequeño comerciante, es que los pagos que reciba por medio de tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos no estarán sujetos a retención en la fuente.

Debe tenerse en cuenta que hoy, tanto la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) han sofisticado sus fiscalizaciones, a tal punto que no nos sorprendería que empecemos a escuchar de procesos abiertos contra tenderos, papelerías, cigarrerías y demás pequeños negocios dentro de poco. 

Si las autoridades detectan el incumplimiento de obligaciones, el valor a pagar por concepto de sanciones y de intereses de mora, elevaría de manera importante el valor a pagar. Igualmente, sobra advertir que las autoridades pueden embargar cuentas y otros bienes para garantizar el cumplimiento de sus acreencias. 

Lunes, 22 de Mayo de 2017
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